La instalación de defensas delanteras es muy habitual en los vehículos offroad. Sin embargo, son elementos que deben homologarse para poder circular sin problemas, y en función del año del vehículo, no siempre es fácil.
En este artículo hablaremos de todo lo que debes tener en cuenta para legalizar las defensas dependiendo del año del vehículo. Si quieres evitar problemas y multas, y hacerlo bien desde el principio sigue leyendo hasta el final.

¿Qué dice la normativa?
En España, todo elemento que pueda influir en la seguridad del vehículo o de los peatones está sujeto a regulación. Y eso incluye la instalación de mataburros y defensas delanteras.
En 2007, entró en vigor la Directiva 2005/66/CE, que regula el uso de dispositivos de protección frontal, especialmente en vehículos M1 y N1 (turismos y furgonetas ligeras). Esta normativa se aplicó de forma progresiva, haciendo que los criterios para poder legalizar defensas delanteras dependan del año de matriculación del vehículo.
Vehículos matriculados antes de mayo de 2007
En los vehículos matriculados antes de esta fecha, no debe cumplir la normativa de «protección de peatones», y por lo tanto, hay menos restricciones a la hora de homologar. Será suficiente con que cumplan los requisitos de salientes exteriores para poder realizar el trámite con éxito.
Todoterrenos matriculados entre mayo de 2007 y noviembre de 2011
Para los 4×4 salidos entre mayo del 2007 y noviembre el 2011 no será necesario cumplir con protección de peatones ni protección delantera, pero la defensa deberá estar homologada por la Directiva 2005/66/CE.
Esta información la podrás encontrar en la ficha técnica o Certificado TÜV del fabricante, por lo que te recomendamos que lo verifiques bien antes de realizar la compra.
Para vehículos posteriores a 2011
Los vehículos más nuevos son los que más difícil lo tienen a la hora de homologar una defensa delantera. En estos casos será necesario que las defensas estén homologadas en base al ReglamentoR(CE) 78/2009.
Para estos vehículos deberemos estudiar cada caso de forma individual, ya que la clasificación y el peso serán los que determinen la viabilidad de la reforma.
Si tu vehículo está matriculado después de noviembre de 2011 te recomendamos que consultes con nosotros antes de comprar tus defensas.

Requisitos de salientes exteriores
Independientemente del año de matriculación, es necesario que se cumplan estos requisitos:
- No tener aristas afiladas. Todos sus cantos deben ser redondeados, sin ningún elemento cortante.
- Dejar visibles los elementos de señalización. Con la instalación no podrá reducirse la visibilidad de la matrícula ni de las luces delanteras. En caso de que se tape la visibilidad de los faros o la matrícula, aunque sea de forma parcial, será necesario modificar la defensa para poder homologarla.
Proceso paso a paso
Evaluación previa
El primer paso será contactar con nosotros para que verifiquemos la viabilidad del proyecto. Para ello necesitaremos que nos envíes:
- Documentación del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación
- Fotos del todoterreno
- Certificado TUV o documentación del fabricante de la defensa
Documentación necesaria
Una vez que te enviemos la documentación tendrás que pedir cita para una ITV de homologación, en la que verificarán que todo esté correcto y anotarán la defensa en la ficha técnica del vehículo. La documentación que tendrás que presentar es:
- Proyecto técnico + Certificado Final Obra (si es necesario)
- Informe de conformidad
- Certificado de taller
Precio y plazos
El precio del trámite puede variar en función de la clasificación del vehículo y su año de matriculación, ya que esto será lo que determine si es necesario realizar Proyecto Técnico o no. Los costes aproximados que debes tener en cuenta para el trámite son:
- Proyecto técnico (según el caso): 40-60€
- Informe de conformidad: 110-150€
- Certificado de taller: 60-90€
- Tasas ITV: 30-60€ (varían en cada estación)
¡Empieza a homologar tu 4×4!